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Escribano Titular: |
Pérez de Rivera Cáceres, Juan
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Notaría: |
630
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Nombramiento: |
Escribano público
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Volumen: |
4368
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Lugar: |
México
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Legajo: |
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Año: |
1651
Mes:
04
Dia:
21
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Foliación 1: |
[sn.]
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Otro Escribano: |
JUAN PÉREZ DE RIVERA, ESCRIBANO PUBLICO.
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Foliación 2: |
(53v/55v)
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Asunto: |
Nombramiento.
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Ficha: |
45.0
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Orden de ficha sujgerida: |
4755.0
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Catalogación: |
SDHN
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Don Agustín Chinal de León, cacique y principal del pueblo de San Miguel Temascalsingo, jurisdicción de Metepeque -ante el licenciado don Alonso de Alavés Pinelo, abogado de la Real Audiencia y teniente de corregidor- dijo que por cuanto él instituyó y fundó una capellanía de misas rezadas, cuyo principal es de 5 400 pesos de oro común, que situó sobre 2 haciendas de labor pobladas con ganado mayor y menor, casas, corrales y apero y muy bien habidas que tienen 8 caballerías de tierra, nombradas una Manto y la otra Lapa, que ambas están juntas, con las condiciones contenidas en la escritura de su fundación -que pasó ante Juan de Masaguer, escribano público en las minas de Tlalpujahua el 26 de septiembre de 1637- en la cual nombró por capellán propietario de la capellanía al licenciado don Juan Fernández de Córdova, el cual ya falleció. Y ahora quiere nombrar capellán de ínterin para que la sirva y revocar el nombramiento de capellán propietario que hizo en segundo lugar en Manuel Gamiz de Artiaga, hijo de Melchor Gamiz de Artiaga y de María de Arguello, vecino de las minas de Tlalpujahua, y nombrar en su lugar a don Lorenzo Chimal de León, su hijo, que al presente asiste en México para estudiar y ordenarse y para poderlo hacer y disponer así demás de la licencia que se le concedió por la justicia de las minas para la fundación, suplica al teniente se la conceda. Y visto por el teniente con la escritura de la fundación de la capellanía dio licencia a don Agustín Chimal de León para que haga el nombramiento y revocación, quien usando de ella nombra por capellán de ínterin al licenciado Diego López de la Serna, vicerrector del Colegio Real de Cristo de México, para que por muerte del licenciado Juan Fernández de Córdova sirva la capellanía en el ínterin que se ordena de orden sacro don Lorenzo Chimal de León, su hijo. Con obligación de decir 2 misas rezadas cada semana aplicadas por su ánima, la de sus padres y abuelos difuntos, así como de otras personas de su cargo y obligación. Y respecto de la obligación del oficio y negocios que tiene en la ciudad y no poder asistir en el pueblo de San Miguel Temasclacingo, a decir las misas en el altar que está señalado de la iglesia de él, en conformidad de la facultad y como primero instituidor de la capellanía, dispensa al licenciado Diego López de la Serna para que en esta ciudad u otra pueda decir las misas cada semana. También es obligación decir una misa rezada cada año el día del Glorioso San Antonio de Padua con responso y por la limosna ha de llevar 170 pesos de oro común de los 270 de la renta de la capellanía, porque los 100 restantes los ha de llevar don Lorenzo Chimal de León para sus estudios. Y se obliga don Agustín Chimal de León como patrón y poseedor de las haciendas sobre las que está impuesto el principal de la capellanía, a pagar al licenciado Diego López de la Cerna los 170 pesos en cada año, en reales, por sus tercios corridos desde el día que se le hiciere colación de la capellanía y le da poder y facultad para que a falta del otorgante los cobre de las personas que se sucedieren, como se refiere en la escritura de fundación. Y revoca el nombramiento que en ella hizo de capellán propietario en Manuel Gamiz de Artiaga y en su lugar nombra como capellán propietario a don Lorenzo Chimal de León, su hijo, para que a título de ella se pueda ordenar y en el ínterin que llega a ser sacerdote lleve los 100 pesos en cada año para ayuda de sus estudios y por esta razón se rebaja una misa cada semana de las 3 que están señaladas en la escritura de fundación hasta que se ordene de orden sacro. Y el nombramiento es con condición que si por su muerte o por otro caso, vacare el puesto se entiende quedar en su fuerza y vigor el nombramiento que tiene hecho en Manuel Gamiz de Artega para que suceda a don Lorenzo Chimal de León con las condiciones referidas. Suplica a los señores provisor de este arzobispado y juez de testamentos y capellanías de él, hayan por nombrados por capellanes al licenciado Diego López de la Serna de ínterin y a don Lorenzo Chimal de León propietario, a los cuales en su tiempo les haga colación y canónica institución para que la sirvan. El licenciado don Alonso de Alavés Pinelo, de oficio de la real justicia, aprobó este nombramiento y revocación y lo firmó junto con Agustín Chimal de León. Testigos: Luis de Villagra, Francisco de Ulloa y Diego Ruiz de Esquivel, vecinos. [Al margen: "derechos, 4 reales, doy fe".] [En papel sellado.]
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