Escribano Titular: |
Pérez de Rivera Cáceres, Juan
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Notaría: |
630
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Nombramiento: |
Escribano público
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Volumen: |
4368
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Lugar: |
México
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Legajo: |
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Año: |
1653
Mes:
01
Dia:
15
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Foliación 1: |
220/221v
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Otro Escribano: |
MIGUEL PÉREZ LOZANO, ESCRIBANO PUBLICO.
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Foliación 2: |
(413/414v)
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Asunto: |
Reconocimiento.
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Ficha: |
287.0
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Orden de ficha sujgerida: |
4997.0
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Catalogación: |
SDHN
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Juan Díaz, dueño de panadería e Isabel Falcón, su legítima mujer, vecinos, dijeron que por cuanto por bienes de Antonio de Cáceres y Cuenca y doña Agustina Romero de Hinojosa, su legítima mujer y a pedimento del padre fray Juan Bautista, procurador mayor del convento de San Agustín, se trabó ejecución con unas casas con dos tiendas accesorias a ellas, que son en la calle de San Juan a mano derecha, como se va del Hospital Real de los Indios al Salto del Agua -que lindan por una parte con casas de Francisco Esteban Beltrán y por la otra con casas de Juan Gómez- por réditos corridos del censo perpetuo de 140 pesos en cada año, en que el convento se las vendió -por escritura de venta que pasó ante este escribano el 25 de septiembre de 1637-, las cuales con todo lo en ellas labrado y mejorado se remataron en Juan Díaz, en ejecución de sentencia de remate -pronunciada por don Tristán de Luna y Arellano, caballero de la orden de Alcántara, mariscal de Castilla y alcalde ordinario de México-, en 1 000 pesos de oro común de contado y con cargo del dicho censo -como se refiere en el remate que se le hizo el 31 de diciembre de 1652- en cuya conformidad pagó los 1 000 pesos, como consta de la escritura de venta y aprobación del remate que en su favor otorgaron Antonio de Cáceres y Cuenca y su mujer -ante este escribano hoy día de la fecha. Y cumpliendo con la obligación del reconocimiento, otorgan de mancomún que reconocen al convento de San Agustín por dueño y señor del censo perpetuo de 140 pesos de oro común en cada año, que están cargados en las casas y dos tiendas con todo lo que les pertenece y por razón de lo que en ellas labraren y mejoraren. Y la paga de los pesos la harán al convento por los tercios corridos y los que corrieren desde el 1 de este mes de enero en reales con las costas de la cobranza. También se obligan a cumplir con las condiciones de la escritura de venta otorgada por el convento en favor de Antonio de Cáceres y doña Agustina Romero de Hinojosa, su mujer, y solamente queda reservada la condición tocante al gasto de los 2 000 pesos que están obligados a gastar en labores y edificios de las casas, ya que en lo tocante a ello los otorgantes no quedan obligados. Firma: Juan Díaz; Isabel Falcón no firmó. Testigos: Marcos Pacheco de Figueroa (firmó), Diego de Rosas y Nicolás de Campos, vecinos. [Al margen: "por Juan Pérez de Rivera, escribano público, por su impedimento de la mano derecha".] [En papel sellado]
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