Escribano Titular: |
Pérez de Rivera Cáceres, Juan
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Notaría: |
630
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Nombramiento: |
Escribano público
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Volumen: |
4368
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Lugar: |
México
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Legajo: |
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Año: |
1652
Mes:
11
Dia:
12
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Foliación 1: |
175v/180
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Otro Escribano: |
JUAN PÉREZ DE RIVERA, ESCRIBANO PUBLICO.
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Foliación 2: |
(368v/372)
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Asunto: |
Venta y obligación de pago.
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Ficha: |
269.0
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Orden de ficha sujgerida: |
4979.0
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Catalogación: |
SDHN
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Joseph de Contreras, vecino, en nombre de doña Leonor de Tursa, su legítima mujer, que primero lo fue de Lucas Muñoz, en virtud del poder que le dio -ante Martín de Molina Guerra, escribano de Su Majestad, que por ser para diferentes efectos lo exhibe ante Juan Pérez de Rivera, escribano público, para que lo inserte en esta escritura y le devuelva el original, (VER ANEXO) vende a Jerónima de los Ángeles, viuda del capitán Gonzalo de Francia, vecina, una negra llamada Ana de la Cruz, de tierra Angola, de 35 años de edad, casada con el esclavo del tesorero don Juan de Vera, la cual heredó doña Leonor de Tursa de Lucas Muñoz, de su primer marido, quien la hubo de Juan Gómez Bello -como consta de la escritura de trueque y cambio que pasó ante Francisco Muñoz de Liceo, escribano real, hecha en México, 14 febrero 1641. Y la vende en precio de 400 pesos de oro común, los 150 que le da luego de contado en reales -de cuyo entrego el presente escribano da fe- y los 250 pesos restantes al plazo que irá declarado. El otorgante obliga a Leonor de Tursa al saneamiento de la esclava, so pena de devolverle los 400 pesos, más las costas que sobre ello se siguieren. Jerónima de los Ángeles se obliga a pagar a Leonor de Tursa o a Joseph de Contreras los 250 pesos de resto de la esclava. Plazo: para de hoy día de la fecha en tres meses cumplidos en reales, con las costas de la cobranza y para seguridad de la deuda hipoteca la esclava y unas casas bajas que tiene en el barrio de Nuestra Señora del Carmen, que le dejó el capitán Gonzalo de Francia, su marido, como consta de los títulos que tiene entregados a Joseph de Contreras, escritos en 7 fojas, para no poderlas vender, trocar ni donar mientras no haya pagado los 250 pesos, so pena que la venta o enajenación sea en sí ninguna y pueda Leonor de Tursa sacar a la esclava y las casas de terceros y venderlas judicial o extrajudicialmente para con el valor hacerse pago y costas. Joseph de Contreras declara que tiene en su poder los títulos de las casas y los entregará con los de la esclava a Jerónima de los Ángeles el día que pagare los 250 pesos. Firma: Joseph de Contreras; Jerónima de los Ángeles no firmó. Testigos: Ventura de Cárdenas, escribano de Su Majestad (firmó), don Sebastián de Escobar y Orsiechi y Juan de Siguez, vecinos. [En papel sellado.]
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