Escribano Titular: |
Pérez de Rivera Cáceres, Juan
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Notaría: |
630
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Nombramiento: |
Escribano público
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Volumen: |
4368
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Lugar: |
México
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Legajo: |
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Año: |
1652
Mes:
10
Dia:
16
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Foliación 1: |
168/169v
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Otro Escribano: |
JUAN PÉREZ DE RIVERA, ESCRIBANO PUBLICO.
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Foliación 2: |
(361/362v)
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Asunto: |
Venta.
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Ficha: |
259.0
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Orden de ficha sujgerida: |
4969.0
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Catalogación: |
SDHN
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Miguel de Castro, vecino, vende a Angelina Catalina, vecina, para ella y sus herederos, una casa de adobe baja, con unos aposentos, corral y un pedazo de solar, que está junto a la acequia en el barrio de Necaltitlán -que linda con casas de Lázaro de Rueda, español, y casas de Alonso Hernández. La casa, aposento, corral y pedazo de solar fueron de Juan Bautista, indio, y antes de Francisca Hernández, su madre, que las vendió a Francisca Pérez, que declaró haberlas comprado para Diego Rodríguez, que es español, quien las vendió a Diego de Castro, maestro de cerero, padre del otorgante, que por la cláusula de su testamento, bajo cuya disposición falleció, se la dejó por cuenta de sus legítimas. Y también le vende a Angelina Catalina otra casilla que linda con las de arriba, que las hubo de Lucas García y Gertrudis de Rivera, su mujer, y ella la heredó de Domingo Hernández Bocanegra, todo lo vende libre de censo, hipoteca y otra enajenación, como consta del testimonio del escribano de Cabildo, (VER ANEXO) en precio de 148 pesos de oro común que le ha pagado en reales de que se da por entregado. El otorgante se obliga a la seguridad y saneamiento de la venta y de no poderlo hacer devolverá los 148 pesos de oro común, más lo que hubiere labrado, mejorado o aumentado, con las costas y daños. Y le da poder para que tome la posesión de la casa y casilla en virtud de esta escritura y de los títulos que le tiene entregados, escritos en lengua mexicana y castellana en 15 fojas. Y en el ínterin que toma posesión se constituye por su inquilino y por cuanto se ha perdido la escritura de venta que otorgó Diego Rodríguez en favor de Melchor de los Reyes y no saberse ante quien pasó, el otorgante se obliga a que cuando se sepa ante qué escribano se otorgó, la sacará y entregará a Angelina Catalina o a quien en su poder fuere parte. Firmó. Testigos: Marcos Pacheco de Figueroa, Francisco Callejas y Matías de Fuensalida, vecinos. [En papel sellado.]
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