Escribano Titular: |
Pérez de Rivera Cáceres, Juan
|
Notaría: |
630
|
Nombramiento: |
Escribano público
|
Volumen: |
4368
|
Lugar: |
México
|
Legajo: |
|
Año: |
1652
Mes:
10
Dia:
09
|
Foliación 1: |
164/165v
|
Otro Escribano: |
JUAN PÉREZ DE RIVERA, ESCRIBANO PUBLICO.
|
Foliación 2: |
(356/357v)
|
Asunto: |
Venta.
|
Ficha: |
256.0
|
Orden de ficha sujgerida: |
4966.0
|
Catalogación: |
SDHN
|
Nicolás y Gaspar Cordero, hermanos, vecinos de la provincia de Chalco, hijos legítimos de Francisco Cordero y Catalina Domínguez, prestan voz y caución a manera de fianza por María Domínguez, su hermana, hija de Gaspar de los Reyes y de Catalina Domínguez, su madre que fue hija de Juan Domínguez, su abuelo difunto, cuyos herederos son con beneficio de inventario, de mancomún otorgan que por ellos y por sus herederos y sucesores, venden a Juan de Salcedo Andrada, alguacil mayor de la provincia de Michoacán, una casa de adobe y jacal con un pedazo de tierra que tendrá media caballería en términos del pueblo de San Martín en la provincia de Chalco -que linda por una parte con tierras que fueron de Sebastián de Cubas y con tierras que fueron del capitán Antonio de Ayala, por la parte del norte y por la del sur con tierras de los indios del pueblo de San Martín. Que la casa y pedazo de tierra lo compró Juan Domínguez, abuelo de los otorgantes, al convento de Nuestra Señora del Carmen de México, por escritura de venta que pasó ante Pedro González de Zárate, escribano real el 24 de noviembre 1612, la casa y el pedazo de tierra pertenece a los tres hermanos por partes iguales, por haberla heredado de Catalina Domínguez, su madre, y por fin y muerte de Juan Domínguez, su abuelo, como consta de la información de legitimación que hicieron ante don Juan de Sámano Salamanca, alcalde ordinario que fue de México y Miguel Pérez Lozano, escribano público, el 2 de mayo de 1647. Y está libre de censo, empeño y otra enajenación, como consta del testimonio del escribano de Cabildo. (VER ANEXO) La casa y pedazo de tierra y lo que le pertenece venden a Juan de Salcedo Andrada en precio de 132 pesos de oro común, de los que confiesan haber recibido las dos terceras partes que les pertenecen a los otorgantes por mano del reverendo padre maestro fray Jerónimo de Andrada, provincial de la orden de Nuestra Señora de la Merced redención de cautivos, hermano del alguacil mayor, de que se dan por entregados. Y la otra tercera parte queda reservada para María Domínguez, su hermana, que está en las minas de Guanajuato de la cual se obligan los otorgantes a traer aprobación de esta venta dentro de 6 meses que corren desde hoy día de la fecha, y desde hoy en adelante desapoderan y apartan a su hermana del derecho y poderío que tienen de la casa y pedazo de tierra y lo renuncian y traspasan al alguacil mayor Juan de Salcedo Andrada, a quien le dan poder para que pueda tomar posesión de ello y en el ínterin se constituyen como sus inquilinos, y en señal de posesión tendrá un traslado de esta escritura con el título que en ella se refiere. Firmaron. Testigos: Marcos Pacheco de Figueroa, Pedro de Castro, procurador de la audiencia ordinaria de México y Cristóbal Ramírez vecinos y estantes. [En papel sellado.]
DR © 2016, Universidad Nacional Autónoma de México - Instituto de Investigaciones Históricas. Esta página puede ser reproducida con fines no lucrativos, siempre y cuando no se mutile, se cite la fuente completa y su dirección electrónica. De otra forma, requiere permiso previo por escrito de la institución. Año de publicación: 2016. ISBN en trámite.
Contacto: sdhniih@unam.mx