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Escribano Titular: |
Pérez de Rivera Cáceres, Juan
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Notaría: |
630
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Nombramiento: |
Escribano público
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Volumen: |
4368
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Lugar: |
México
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Legajo: |
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Año: |
1652
Mes:
09
Dia:
28
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Foliación 1: |
160/161
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Otro Escribano: |
JUAN PÉREZ DE RIVERA, ESCRIBANO PUBLICO.
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Foliación 2: |
(352/353)
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Asunto: |
Nombramiento.
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Ficha: |
252.0
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Orden de ficha sujgerida: |
4962.0
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Catalogación: |
SDHN
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Petición. Ante el señor don Juan Altamirano y Velasco, caballero de la orden de Santiago, adelantado de las Filipinas y alcalde ordinario de México, se leyó la petición de Juan Curiel, mancebo español, huérfano de padre y madre, natural de la ciudad de México, de 13 años de edad y 8 meses, que es patrón y capellán propietario de la capellanía que instituyó y fundó fray Juan de la Cruz, difunto, religioso que fue de la orden de San Agustín, por cuyo fallecimiento está vaca al presente, y le compete como patrón nombrar capellán de ínterin que la sirva hasta en tanto que se ordena de orden sacro. Y para poder hacer el nombramiento en el licenciado don Fernando Gaitán de Ayala, presbítero, pidió se le nombre curador ad litem con cuya intervención haga el nombramiento en conformidad de la facultad que tiene y como patrón pidió justicia. Firmó. Nombramiento. Y por su señoría vista la solicitud, dijo que de oficio de la real justicia nombró por curador ad litem a Marcos Pacheco de Figueroa, procurador de la audiencia ordinaria de México, quien aceptó. Y a Juan de Curiel, le dio facultad para que con intervención de su curador haga el nombramiento de ínterin, en don Fernando Gaitán de Ayala, presbítero domiciliario de este arzobispado, atento a ser persona idónea en quien concurren todas las partes, para que desde hoy día de la fecha en adelante diga las misas de la capellanía en los días parte y lugar y por la intención que refiere la escritura de fundación y para que haya y cobre la limosna a ella, pertenecientes de las fincas sobre que está impuesto su principal y de las personas que están obligadas a su paga, para que haciendo la cobranza el licenciado Gaitán tome la renta para la limosna de las misas que ha de decir de la capellanía en cualquier cantidad. Juan Curiel se reserva para sí nombrar otros capellanes a falta del licenciado don Fernando Gaitán de Ayala, ínterin, que el otorgante se ordena de sacerdote, y pide a los señores deán y cabildo se dé vacante de este arzobispado y señores provisor y juez de capellanías de él se sirvan de haber por nombrado y presentado al licenciado don Fernando Gaitán de Ayala por capellán de ínterin. Firmaron: el adelantado de las Filipinas, Juan Curiel y Marcos Pacheco de Figueroa. Testigos: el doctor don Gregorio López de Mendizabal, abogado de la Real Audiencia, don Joseph Moreno y Melchor de los Reyes. [Al margen: "nombramiento de capellán".] [En papel sellado.]
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