Escribano Titular: |
Pérez de Rivera Cáceres, Juan
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Notaría: |
630
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Nombramiento: |
Escribano público
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Volumen: |
4368
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Lugar: |
México
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Legajo: |
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Año: |
1652
Mes:
07
Dia:
27
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Foliación 1: |
117/118
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Otro Escribano: |
JUAN PÉREZ DE RIVERA, ESCRIBANO PUBLICO.
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Foliación 2: |
(309/310)
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Asunto: |
Reconocimiento.
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Ficha: |
220.0
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Orden de ficha sujgerida: |
4930.0
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Catalogación: |
SDHN
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El capitán don Juan de Chavarría Valera, vecino, dijo que por cuanto el bachiller don Pedro Suárez de Longoria, presbítero, hijo y heredero de los señores licenciado Pedro Suárez de Longoria y doña María de Urdiñola y Lois, le vendió unas casas principales con su tienda en esquina y las accesorias a ellas en un jardín y todo lo que les pertenece, que son en México, en la calle del colegio de San Pedro y San Pablo, en precio de 17 500 pesos de oro común que sobre ellas están impuestos a censo redimible, con cargo y obligación de hacer reconocimiento de tres censos, que uno de ellos es de 15 000 pesos de principal, que impuso doña María de Urdiñola y Lois, sobre las dichas casas y sobre otras con su huerta que están en términos del pueblo de Tacuba, y sobre casas y haciendas de Marcos Pérez de Oyanguren, a que están obligados don Luis de Alsega, caballero del hábito de Alcántara y doña Isabel de Urdiñola y Lois, como se refieren en las escrituras de la imposición -que pasó ante Joseph de Cuenca, escribano de Su Majestad, el 30 de octubre de 1620-, la cual se otorgó en favor de Baltasar Rodríguez de los Ríos, y al presente pertenece al convento de San Agustín de México por la capellanía perpetua que instituyó en él. Por lo tanto quiere hacer reconocimiento del censo debajo de la obligación que el bachiller don Pedro Suárez de Longoria hizo en su favor en la escritura de venta -que pasó ante Juan Pérez de Rivera, escribano público el 18 de julio de 1652-, y sin perjuicio del derecho que tiene contra los demás bienes sobre que así está impuesto, reconoce por dueño y señor del censo al convento de San Agustín, al cual y a su procurador en su nombre se obliga a pagar sus réditos, que son 750 pesos de oro común en cada año, de los que corrieren desde el 1 de julio porque hasta fin de junio pasado están pagados todos los réditos que han corrido conforme a la carta de pago y finiquito que dio el padre fray Juan Bautista, procurador mayor del convento -ante Juan Pérez de Rivera, escribano público, el 8 de junio- y la cantidad es la que renta los 15 000 pesos de principal, conforme a la nueva y Real Pragmática de Su Majestad de a 20 000 el millar, mientras no redimiere el principal. Y la paga de los réditos lo hará por sus tercios corridos en cada año, en reales, con las costas de la cobranza. Firmó. Testigos: Alonso Gómez, Gabriel Ortiz y Marcos Pacheco de Figueroa, vecinos. [Al margen: "en 13 de febrero de 1654 por mandato de juez y de pedimento de la parte de San Agustín, se dio segundo traslado de este reconocimiento".] [Al margen: "sin derechos, doy fe".] [En papel sellado.]
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