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Escribano Titular:
Pérez de Rivera Cáceres, Juan
Notaría:
630
Nombramiento:
Escribano público
Volumen:
4368
Lugar:
[México]
Legajo:
Año:
[1652]    Mes: 05    Dia: [sd.]
Foliación 1:
Otro Escribano:
[JUAN PÉREZ DE RIVERA, ESCRIBANO PUBLICO.]
Foliación 2:
(269/272v)
Asunto:
Testamento.
Ficha:
190.0
Orden de ficha sujgerida:
4900.0
Catalogación:
SDHN

Doña María Parejo de Bonilla, mujer legítima de don Manuel de Gaviria, vecino, hija legítima de Alonso Pérez de Bonilla y de doña de María Rivera, su legítima mujer, estando enferma en cama, en su libre juicio y entendimiento por esta carta sacó y ordenó su testamento en la manera siguiente. - Manda que sea sepultada en la iglesia del convento de San Francisco de México, en la capilla del finado Martín López de Gaviria, su señor suegro, y que a su entierro se hallen los curas de la catedral y acompañados que don Manuel de Gaviria, su marido, quisiere y niños del colegio de la forma que ordenare como sea con moderada pompa y sin cabildo ni capilla de la iglesia, y todo lo que costare se pague de sus bienes y al entierro se hallen los padres de la orden de San Francisco que pareciere a su esposo. - Manda que se digan por su ánima 500 misas rezadas repartidas en esta forma, 48 misas en el monasterio de Santo Domingo luego el día de su fallecimiento por la devoción de San Vicente Ferrer; 23 misas de la emperatriz el propio día y otras 3 a la devoción de las tres necesidades de la virgen que se digan en el monasterio de Regina Celi; otras 20 misas en la parte que quieran sus albaceas por las ánimas de los indios naturales que están en el purgatorio y más necesidad tengan; siete misas al Espíritu Santo, 5 a las llagas de Nuestro Señor y por su preciosa sangre, otras 9 misas a las 9 festividades de Nuestra Señora, otras 20 a las almas del purgatorio, otras 3 misas a la ánima más sola, otras dos a las que más presto puedan salir del purgatorio, otras 5 misas rezadas a la devoción de San Agustín, 5 misas al glorioso señor José, otras 5 al ángel de su guarda, 5 a San Diego, 5 a San Ignacio, 5 a San Nicolás, 7 al dest. [!] de Nuestra Señora, 10 a Nuestra Señora del Carmen, 10 a Nuestra Señora de Monserrate, 5 a San Francisco, 10 a Santa Teresa y el resto a cumplimiento de las 500 misas, se han de decir por su ánima como esta dicho, a las devociones que su marido le parecieren entrando en ellas el glorioso San Antonio de Padua y San Antonio y 4 a los Cuatro Evangelistas y al glorioso San Juan Bautista. Y la limosna se pague de sus bienes. - Manda se digan por su ánima un novenario de misas rezadas en el convento de Francisco de México. - Manda se digan 100 misas rezadas por las ánimas de sus padres y abuelos, en la parte y lugar que le pareciere a su marido. - Manda que de lo mejor y bien parado de sus bienes se saquen mil pesos de oro común y se impongan a renta muy segura para que de ellos se funde una capellanía de misas, y con la renta de ella se digan por su ánima y de su marido una misa rezada cada semana en la capilla del dicho finado Martín López de Gaviria, en el monasterio de San Francisco donde la mandó enterrar, todos los sábados; y una misa todos los días de la Concepción de Nuestra Señora. Y desde luego llama y quiere que sea el primer capellán, Nicolás, niño, que ha criado en su casa para que a título de la capellanía se pueda ordenar de sacerdote, y en el ínterin que se ordena, es su voluntad que digan las misas los padres de la orden de San Francisco y se dé la limosna de la renta de ellos para la sacristía del convento, o lo que el padre guardián del convento ordenare. Y si muriere Nicolás niño, quiere que sea capellán el deudo más cercano de la otorgante, de parte de su madre. Nombra por patrón de la capellanía a don Manuel de Gaviria, su esposo, para que funde y haga las condiciones, capitulaciones que le pareciere y nombre los capellanes que la han de servir fuera de lo que queda declarado. - Es su voluntad se digan 15 misas rezadas por una persona a quien tiene obligación, que son descargo de su conciencia, y otras 15 por las personas a quien pueda ser en cargo alguna cosa de que no se acuerda y la misma se pague de sus bienes. - Declara que una de las condiciones del mayorazgo es que el fundador pueda disponer de la renta de un año, y usando de la facultad que tiene en esta parte, manda que de la dicha renta se guarde todo lo contenido en este testamento y lo que quedare lo haya y lleve su heredero con los otros bienes. - Encarga y ruega a doña Isabel de Bonilla, su hermana, se conserve en paz y amistad con don Manuel de Gaviria, su marido, al cual no se le haya de poder pedir cuenta en manera alguna de los frutos y bienes raíces del mayorazgo que pertenece a la otorgante y le queda por bienes de sus padres, ni de su administración a título de disposición ni por otra causa ni razón que sea, porque de ello le releva en la mejor vía y forma. - Manda se digan en la iglesia de Nuestra Señora de los Remedios por su ánima otras 20 misas rezadas y se pague de sus bienes. - Manda a las mandas forzosas se les den 4 reales a cada una, con que las aparta de sus bienes. - Declara que debe a doña Isabel de Sandoval, viuda, su tía, 200 pesos de oro común, manda se le paguen luego que fallezca de sus bienes. - Declara que las casas en que vive eran de Eugenio de Vargas, difunto, que fue segundo marido de su madre, quien se las dejó con cargo de pagar el censo de ella y su madre se las dejó a la otorgante para que viviese en ella; y Eugenio de Vargas declaró deber a la madre de la otorgante 7 000 pesos, de los cuales le pertenecieron a la otorgante la mitad, de los cuales ordena y manda se paguen los censos de la casa que hubieren corrido después de que vive en ella, y en esta causa don Manuel de Gaviria ordene lo que le convenga al descargo de su conciencia. - Es su voluntad que en la primera festividad de Nuestra Señora de la Concepción, en su octava después de su fallecimiento, se diga por su ánima en su monasterio de monjas de esta ciudad una misa cantada y ofrendada de pan, vino y cera, y se pague de sus bienes. - Declara por descargo de su conciencia que su hermana doña Isabel de Bonilla le dio por cuenta de su madre de lo que le pertenecía 6 platillos de plata, un bernegal, un plato grande y una alfombra de alcarez mediana. - Manda se pague la deuda que su marido y la otorgante deben a don Fernando Carrillo, sin embargo de cualquier recaudo que haya en contra. - Declara que su madre dejó libre una mulata llamada Isabel, por lo que toca a su parte quiere que después de su fallecimiento, goce de la libertad. - Declara que tiene por un esclava negra llamada Graciana, y que por el mucho amor y voluntad que le tiene la deja por libre de cautiverio y servidumbre con que sirva un año a su marido y pasado goce de la libertad. - Y para cumplir y pagar este testamento mandas y legados nombra [incompleto.]

 

 



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