Escribano Titular: |
Pérez de Rivera Cáceres, Juan
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Notaría: |
630
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Nombramiento: |
Escribano público
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Volumen: |
4366
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Lugar: |
México
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Legajo: |
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Año: |
1644
Mes:
04
Dia:
09
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Foliación 1: |
87/87v
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Otro Escribano: |
JUAN PÉREZ DE RIVERA, ESCRIBANO PUBLICO.
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Foliación 2: |
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Asunto: |
Poder especial.
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Ficha: |
67.0
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Orden de ficha sujgerida: |
4576.0
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Catalogación: |
SDHN
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Doña Jerónima Cortés, viuda de don Bernabé de la Cerda, vecina, otorga su poder cumplido a Juan Bautista Maldonado, residente, especialmente para que cobre de Juan de Santiago, vecino de la jurisdicción de Yagualica, los títulos, escrituras y demás recaudos que están en su poder pertenecientes a la hacienda que tiene en la jurisdicción y en otras partes, que recibió de Gonzalo de Magallanes, en cuyo poder estaban. Y para que pueda dar a Juan de Santiago en administración y a partido, un potrero que tiene en la mesa de Guautla, nombrado Tamoyon, para que en él críe a todas las mulas que quisiere de las personas que para el efecto se las entreguen, concertando con ellas lo que han de pagar por la crianza y administración, cuyos gastos y ganancias han de ser por iguales partes entre doña Jerónima Cortés y Juan de Santiago, el cual ha de administrar la yeguas que tiene en la jurisdicción, y de todas las que nacieren y criare ha de llevar la décima parte durante el tiempo de 4 años y no ha de llevar otra cosa por la administración y crianza de las yeguas. Y el gasto que en ella hubiere ha de ser a cuenta de la otorgante. En esta razón Juan Bautista Maldonado otorgue con Juan de Santiago las escrituras necesarias y para que ajuste cuentas con Juan de Navarrete y si pareciere deberle a la otorgante, la cobre y le entregue los títulos que están en su poder pertenecientes a sus haciendas. Para que tome cuentas a Gonzalo de Magallanes de la administración que hizo en el potrero nombrado Tamoyon y de lo demás que ha sido a su cargo y de lo que le debe por otros recaudos. Para que pueda recibir y quitar todas las bestias mulares o caballares que hallare con el hierro de sus haciendas, que es el del margen, no teniendo el de venta. Y en razón de lo contenido en este poder pueda presentar todo lo que convenga. Y si para las cuentas que ha de tomar a Juan de Navarrete y a Álvaro de Magallanes conviniere nombrar terceros contadores, los nombre y pida. Firmó. Testigos: Juan de Vértiz Santisteban, Diego de Figueroa y Martín de Aguirre. [Al margen: "derechos, 4 reales, doy fe".] [En papel sellado.]
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